Reclame el importe del
céntimo sanitario con Del Valle Abogados.
¿Qué debo hacer para reclamar?
Es importante que usted mantenga aún sus facturas, será lo primero que deba hacer para iniciar esta acción. Sin embargo este no es el único medio de prueba admitido, dado que de ser así se le estarían atribuyendo efectos constitutivos a la factura y vulnerando de esta forma los principios de capacidad económica y de tutela judicial efectiva. Por ello, serán válidos otros medios que resulten admitidos en Derecho como tickets o cargos en cuenta corriente o tarjeta de crédito, pero siempre cuando se encuentre en ellos acreditado dicho pago del céntimo sanitario. Una vez recopiladas dichas pruebas bastará con dirigirse a cualquier oficina de la Agencia Tributaria de la comunidad en la que pagó el
impuesto y solicitar la devolución de ingresos indebidos, tipificada en la normativa fiscal, presentando en ese momento todas las facturas que haya recopilado.
¿Quién puede reclamar y a quién me dirijo?
Puede hacerlo tanto el empresario como el consumidor final que posea las facturas con detalle de los litros repostados y del impuesto devengado podrá solicitar a Hacienda la devolución. La solicitud ha de dirigirse a la Dependencia de Gestión de la Agencia Estatal de Administración Tributaria del domicilio fiscal del solicitante. En caso de que su reclamación sea desestimada será posible interponer eeclamación económico administrativa.
Usted debe presentar ante Hacienda una reclamación de ingresos indebidos con las facturas que acrediten el pago del céntimo sanitario. La devolución de las cuotas repercutidas se realizará, cuando proceda, directamente a quienes hubieran soportado indebidamente la repercusión, aun cuando el procedimiento hubiere sido iniciado por los sujetos pasivos (art. 14.4 del Reglamento General de desarrollo de la Ley General Tributaria en materia de revisión en vía administrativa RRVA), siendo competente para resolver el procedimiento la oficina gestora correspondiente al domicilio fiscal del obligado tributario que presentó la autoliquidación y cuya rectificación se solicita.