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Sexto: Atención personalizada a los propietarios de la Comunidad, los cuales deben ser atendidos por el administrador de fincas sobre todas las cuestiones que afecten a la buena marcha de la Comunidad.

 

Séptimo: Facilitar amplia y clara información económica y legal, tanto a la Junta Directiva de la Comunidad como a los propietarios.

 

Octavo: Gastos Bancarios mínimos por la domiciliación de recibos. Preguntar, comparar e informarse también es trabajo del administrador.

 

Noveno: La Comunidad deberá tener cuenta bancaria individualizada y a su nombre.

 

Décimo: Estricto control de los gastos de la Comunidad, mediante el visado de las facturas por el presidente o por la persona que designe la Comunidad.

SI TODAVÍA NO TE HEMOS CONVENCIDO CONTACTA CON NOSOTROS Y ¡¡¡PRUEBA!!!

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